lunes, 25 de febrero de 2008

MANO BLANDA PARA PANDO




El congresista Ricardo Pando ha calificado de “apresurada” la acusación formulada en su contra por la contrata de una empleada “fantasma”.

¿Apresurada? Tal vez. Con un poco más de tiempo, los miembros de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso hubieran razonado mejor; pues... blando, muy blando es el informe que favorece a Pando.

Resulta que el informe aprobado este lunes 25, de autoría de Carlos Bruce, sólo acusa al congresista representante de Junín por el delito de falsedad genérica. Tal como lo lee, únicamente por el delito de falsedad genérica. (Aunque Ricardo Pando insiste en que sólo cometió una “infracción administrativa”).

Por el mismo hecho (contrata de empleado fantasma), la congresista aprista, Tula Benites, ha sido acusada por los delitos de colusión, peculado y falsedad genérica.

En la votación del lunes 25, el congresista Javier Bedoya emitió su voto con reserva, por considerar que Pando habría cometido delito de colusión. En tanto, para la bancada del Partido Nacionalista, Pando debe ser acusado por peculado. Pero vaya, la subcomisión aprobó el informe que acusa a Pando sólo por "falsedad genérica".

¿Cuál es la diferencia? Bueno, para empezar el delito de falsedad genérica (art. 438 C.P.) sólo tiene un máximo de 4 años de pena privativa de la libertad. En tanto, el delito de colusión tiene una pena de hasta 15 años de privación de la libertad.

Pero hay algo aún más preocupante: De acuerdo al extracto del artículo que publicamos en la anterior entrega (VUELVE LA CULTURA DEL OTORONGO), de autoría de Natalia Torres Zúñiga de Justicia Viva, se corre el riesgo de que la denuncia contra Pando se declare INFUNDADA. Así como lo lee, INFUNDADA.

En opinión de Natalia Torres, para prosperar una acusación por delito de falsedad genérica, ésta debe ir acompañada de otros delitos, lo que no ocurre en el caso de Pando.

Blando, muy blando, fue el informe contra el “otorongo” Pando.


(URGENTE: Leer mensaje siguiente y el artículo íntegro de Natalia Torres Zúñiga en http://www.justiciaviva.org.pe/)

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